Una vez ejecutoriada la sentencia en el caso sobornos, la cesación de funciones de Viviana Bonilla, como asambleísta nacional independiente, operará de pleno derecho, pues ni en la Constitución de la República ni en la Ley Orgánica de la Función Legislativa está reglado un procedimiento.
Así lo señala el legislador Héctor Muñoz, miembro de la Comisión de Justicia de la Asamblea, quien considera que la Asamblea Nacional debería ser notificada con la sentencia ejecutoriada para que la cesación del cargo de Bonilla quede en los registros de la Función Legislativa; pero que no se necesita de ningún pronunciamiento del pleno.
Bonilla fue procesada en el caso Sobornos por cohecho. Al momento la legisladora forma parte de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado.
En los dos primeros años del actual periodo legislativo que se inició en 2017 ocupó la primera vicepresidencia de la Asamblea Nacional como parte del bloque del movimiento Alianza PAIS, pero que luego se separó y actuó como independiente.
La Constitución en el artículo 115 determina como quinta causal para la cesación de funciones de los asambleístas la existencia de una sentencia penal condenatoria ejecutoriada.
Una vez ejecutada la sentencia quien se principalizará en su remplazo será el legislador Rodrigo Collaguazo Pilco, de las filas de Alianza PAIS, quien regularmente la remplazaba.
Fuente: EU


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