abril 25, 2024

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En Cotopaxi, jueces provinciales no dan paso al recurso de hecho planteado por Jorge Glas

El exmandatario Jorge Glas tiene una sentencia de primera instancia de ocho años de cárcel por peculado y dos fallos en firme por cohecho y asociación ilícita.

El exmandatario Jorge Glas tiene una sentencia de primera instancia de ocho años de cárcel por peculado y dos fallos en firme por cohecho y asociación ilícita.

Un Tribunal Especializado de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Cotopaxi, integrado por los jueces Fernando Tinajero (ponente), Rosario Freire y Luis Segovia, negó el recurso de hecho presentado por la defensa del exvicepresidente Jorge Glas. La audiencia se dio en la ciudad de Latacunga y la resolución se dio a conocer inmediatamente después de terminada la diligencia, la tarde de este lunes.

El recurso de hecho fue planteado por Édison Loaiza, abogado de Glas, días después de que la jueza Diana D’Ambrocio, de la Unidad Judicial Especializada de Garantías Penitenciarias de Cotopaxi, declaró que no procedía, por extemporáneo, el recurso de apelación presentado por el exmandatario contra el fallo que le negó la unificación de penas que solicitaba.

El 7 de enero pasado, D’Ambrocio no dio paso al pedido de unificación de penas y el 21 de enero siguiente negó la apelación a ese fallo. La jueza argumentó que el recurso no fue presentado en los tiempos previstos en la ley.

La defensa de Glas ha insistido en que cumplieron los tiempos definidos para presentar la apelación, es decir, desde su perspectiva, después de haberse notificado la sentencia por escrito.

La jueza Diana D’Ambrocio no consideró el pedido de unificación de penas de Glas, porque aún existe un caso en su contra que no tiene sentencia ejecutoriada. El proceso penal en cuestión es el que investiga un delito de peculado, denominado caso Sigue, y Jorge Glas fue condenado en primera instancia a una pena de ocho años de cárcel.

Jorge Glas y su defensa pretendían que se dé paso a la unificación de penas únicamente por los casos de asociación ilícita relacionada con la trama de corrupción de Odebrecht, en el que recibió una pena de seis años de reclusión menor; y la sanción de ocho años por el cohecho pasivo agravado definido dentro de la causa Sobornos 2012-2016. En estos dos casos, los fallos están en firme y en proceso de ejecución.

El paso siguiente, si se les aceptaba la unificación de penas, era solicitar la prelibertad, una vez que el exvicepresidente y hombre fuerte de los sectores estratégicos del gobierno de Rafael Correa cumplió las dos quintas partes de la pena o el 40 % de ella, además de otros requisitos.

El martes 15 de febrero último, y por tercera ocasión, se difirió en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) la instalación de la audiencia de apelación de la sentencia de primera instancia del caso Singue. El cambio de defensa de Wilson Pástor, exministro de Hidrocarburos y uno de los siete apelantes, obligó al diferimiento.

Con un voto de mayoría a Glas, Pástor, el exviceministro de Hidrocarburos Carlos Pareja Yannuzzelli y César Guerra, gerente del consorcio al que se le entregó la operación del campo Singue,se los sentenció como coautores a ocho años de cárcel. Para la Fiscalía, todos ellos, como máximas autoridades en el sector petrolero, dispusieron arbitrariamente de recursos del Estado.

Fuente: EU

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